Subvenciones a proyectos de ahorro y eficiencia energética

Subvenciones a proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industria y servicios 2021

OBJETO: 

 

Son ayudas que tienen como finalidad apoyar la realización de auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética en empresas del sector industrial y sector servicios. 

 

TIPOS DE BENEFICIARIOS: 

 

  • Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector servicios o de la industria (sección G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009) con algunas excepciones. Dentro del sector industria serán subvencionables las empresas cuyo CNAE 2009 comience por la división de la 07 a 39, excluidas las que comiencen por la división 10.2 y 12 

 

  • Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo deben estar situados en Galicia. 

 

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Proyectos de ahorro y eficiencia energética: se subvencionarán las inversiones adicionales necesarias para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética: 

 

  1. Las inversiones en relevo o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del proceso productivo del sector industrial, así como de los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible. El ahorro energético mínimo requerido para ser subvencionable deberá ser de un 5 % respecto del consumo inicial.
  2. La renovación o mejora de equipamientos de instalaciones existentes de producción de calor y frío destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, por otras de alta eficiencia energética, seleccionados con base a un mayor rendimiento energético. El ahorro energético mínimo requerido para ser subvencionable deberá ser de un 20 % respecto del consumo inicial.
  3. La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual de, al menos, un 40 % respecto al consumo inicial en iluminación, garantizando un confort lumínico adecuado a la tarea que se va a realizar.
  4. Las inversiones en relevo o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del sector servicios, así como de los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología, que implique un ahorro energético mínimo de un 20 % respecto del consumo inicial.
  5. Para contribuir a la comprobación de los resultados energéticos obtenidos será subvencionable la implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociadas a las actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda e incluso la implantación de sistemas de procesado avanzado de datos e inteligencia artificial aplicados a la optimización del consumo energético de la empresa en lo tocante al análisis de los consumos energéticos de las actuaciones subvencionadas. Se entenderá por inteligencia artificial aquellos desarrollos que de manera sistemática sean capaces de reajustar algunos de sus parámetros en función de las experiencias pasadas con el objeto de optimizar el consumo energético.
  6. Será subvencionable la realización de auditorías energéticas que incluyan en detalle la actuación subvencionada salvo que se trate de una auditoría obligatoria conforme a la normativa vigente.
  7. Será subvencionable la implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la Norma ESO 50.001 por entidad acreditada durante el período de justificación que contribuyan a medir el ahorro energético derivado de la actuación.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS: 

  • Debe realizarse una inversión mínima de 10.000€ sin IVA por actuación.
  • Cada empresa podrá presentar más de una solicitud, no obstante, cada solicitud contemplará único proyecto que puede constar de una sola actuación o de varias actuaciones homogéneas ejecutadas en un mismo emplazamiento y que se valoraran de manera conjunta.
  • Llevar asociado el ahorro energético mínimo requerido para cada proyecto.
  • Cada proyecto estará sujeto a una serie de requisitos según la actuación subvencionada.
  • El período de ejecución de las actuaciones será entre la fecha de presentación de la solicitud de subvención y el 15/09/2022.
  • Los costes de los proyectos que no estén directamente vinculados a la consecución de un nivel más elevado de eficiencia energética no serán subvencionados. No serán subvencionables aquellos proyectos con ratios de ahorro energético anual de energía final inferiores a 0,4 kWh por € de inversión elegible por considerarse que la finalidad de la inversión no es la consecución de una mayor eficiencia energética. Esta ratio se reduce a 0,3 para medianas empresas y 0,2 para pequeñas empresas para tener en cuenta su menor poder de mercado para negociar los precios de adquisición de energía.
  • Las inversiones solo podrán ser subvencionadas sobre la base de una auditoría energética, cuyos resultados se plasmarán en la memoria técnica de la solicitud.
  • En el caso de mejora de instalaciones de iluminación a instalación resultante debe cumplir los requisitos que sean de aplicación definidos en la norma UNE-EN 12464 (iluminación de los lugares de trabajo) y en la Guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo. En las estancias en las que el flujo luminoso total después de la mejora sea inferior al flujo luminoso inicial y la potencia final instalada sea superior a 1kW deberá justificarse con un estudio lumínico que el nivel de iluminancia mantenida ( Em) es adecuado a la actividad prevista.
  • Cuando se valoricen energéticamente residuos o energías residuales se considerará ahorro energético toda la nueva energía valorizada. Se considera que la instalación contribuye a aumentar la eficiencia energética de la empresa cuando la energía generada/ recuperada se consuma en su práctica totalidad en el centro de trabajo asociado.
  • Los proyectos que se presenten deberán ser técnica, jurídica, económica y financieramente viables.
  • No se admitirá en el presupuesto partidas alzadas; todas las partidas deberán llevar sus correspondientes mediciones.

 

COSTES SUBVENCIONABLES: 


La elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipamientos, su montaje y puesta en marcha. 


Nota: Cuando en una actuación de ahorro se incremente sustancialmente la capacidad productiva final del proceso solo se considerará elegible el coste correspondiente a la mejora energética de la capacidad productiva inicial.

CUANTÍA SUBVENCIONABLE: 


Con carácter general la ayuda podrá ser del 35% del coste de la actuación. 

 

  • Para las pequeñas empresas la ayuda será del 55% del coste de la actuación.
  • Para las medianas empresas la ayuda será del 45% del coste de la actuación.

Nota: El importe máximo por proyecto: 500.000€. Se podrá aumentar la ayuda máxima por proyecto hasta 1.000.000 euros en aquellas actuaciones que en fase de solicitud justifiquen la consecución de elevados niveles de ahorro energético. En la siguiente tabla se establece el valor máximo de ayuda en función del ahorro energético anual justificado.

  • En caso de que la ayuda a conceder venga limitada por la ayuda máxima indicada en el párrafo anterior, el coste elegible se limitará dividiendo la ayuda máxima entre la intensidad de ayuda que corresponda al solicitante.
  • La ayuda máxima por empresa beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 de euros.
  • En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado 


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Plazo hasta el 15/10/2021 o hasta agotar presupuesto disponible.