Ayudas a la reactivación del comercio minorista como consecuencia del Covid19

Ayudas a la reactivación del comercio minorista como consecuencia del Covid19

Ayudas a la reactivación del comercio minorista como consecuencia del Covid19

OBJETO:  Tienen como finalidad reactivar el comercio gallego garantizando la seguridad laboral y la generación de confianza en el consumidor. 

BENEFICIARIOS: 

  •  Las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica que tengan menos de 10 empleados.
  •  Que los establecimientos no tengan la consideración de gran establecimiento.
  •  Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del anexo I.
  •  Que desarrollen su actividad comercial en uno o varios establecimientos, que individualmente no superen una superficie total de 300m2 (excepto si la actividad está encuadrada en el epígrafe 653)

INVERSIONES SUBVENCIONABLES: 

  • Medidas de protección de los empleados y clientes en el establecimiento comercial: 

– Pantallas protectoras para mostradores y zonas de caja.
– Vinilos adhesivos para la delimitación en el suelo, marcación de los flujos de clientes, de demarcación de posicionamiento y de la distancia de seguridad interpersonal.
– Dispositivos de control de aforos y sistemas de conteo de clientes y otros sistemas para garantizar la distancia entre clientes.
– Dispositivos de control de temperatura.
– Cualquier otra medida o dispositivo para minimizar el contacto.

  • Adaptación del establecimiento para reducir el contacto con el cliente, con elementos y superficies, y evitar así su contaminación: puertas automáticas, instalación de puntos de autopago, sensores de luz, etc.
  • Adquisición de medios de protección e higiene para comerciantes y clientes: máscaras protectoras individuales, máscaras para el personal del establecimiento comercial, guantes, calzas, dispensadores automáticos de geles hidroalchólicos y cualquier otro para la protección personal que sea adecuada a la específica actividad en el comercio. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables.
  • La instalación de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos.
  • La contratación de servicios para reforzar la limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables, para un período máximo de prestación de servicios de 6 meses. 
  • La adquisición de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial.
  • Cartelería y puntos de informaciones, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19 implementadas en el establecimiento comercial. 2.8.
  • De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19, lo cual se motivará en la resolución de concesión 

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS: 

  • Importe mínimo de 300€ y máximo de 1.200€
  • Todos los equipos y materiales adquiridos en cualquiera de las actuaciones anteriores deben cumplir las normas y directivas que son necesarias para la fabricación de equipos de protección individual, material sanitario y otros productos necesarios para la lucha contra el COVID-19. 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS: 

  • La ayuda será del 100% del coste del proyecto. 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: 

  • Hasta el 31 de julio de 2020 o hasta agotar presupuesto. Resolución por orden de solicitud.
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