Ayudas a la reactivación del sector servicios y turismo de forma segura como consecuencia del COVID19. (IG280 e IG281)

Ayudas a la reactivación del sector servicios y turismo

Ayudas a la reactivación del sector servicios y turismo de forma segura como consecuencia del COVID19

OBJETO: 

Tienen como finalidad contribuir a generar confianza en los consumidores mediante la adopción de medidas para crear espacios seguros, e introducir cambios en las prácticas empresariales que faciliten una adecuada reactivación de las actividades económicas tras el confinamiento, consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Covid19. 

BENEFICIARIOS: 

Las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica que tengan menos de 50 empleados.  

Que desarrollen su actividad en Galicia.
Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del anexo I. 

INVERSIONES SUBVENCIONABLES: 

  • Medidas de protección de los empleados y clientes en el establecimiento comercial: 

– Pantallas protectoras para mostradores y zonas de caja. 

– Vinilos adhesivos para la delimitación en el suelo, marcación de los flujos de clientes, de demarcación de posicionamiento y de la distancia de seguridad interpersonal. 

– Dispositivos de control de aforos y sistemas de conteo de clientes y otros sistemas para garantizar la distancia entre clientes. 

– Dispositivos de control de temperatura.

– Cualquier otra medida de las recomendadas por la autoridad sanitaria que permita incrementar la protección de los empleados y clientes. 

  • Adaptación del establecimiento para reducir el contacto con el cliente, con elementos y superficies, y evitar así su contaminación: puertas automáticas, instalación de puntos de autopago, sensores de luz, etc. 
  • Adquisición de medios de protección e higiene para comerciantes y clientes: máscaras protectoras individuales, máscaras para el personal del establecimiento comercial, guantes, calzas, dispensadores automáticos de geles hidroalchólicos y cualquier otro para la protección personal que sea adecuada a la específica actividad de la empresa. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables. 
  • La instalación de equipos de desinfección de superficies, ambientes y productos. 
  • La contratación de servicios para reforzar la limpieza de los locales y realizar desinfecciones de forma periódica. La cantidad destinada a este apartado no podrá exceder del 20 % del total de actuaciones subvencionables, para un período máximo de prestación de servicios de 6 meses. 
  • La adquisición de equipos o realización de obras que permitan la ventilación y renovación del aire del establecimiento comercial. 
  •  Cartelería y puntos de informaciones, físicos o digitales, sobre las medidas de prevención ante el COVID-19 implementadas en el establecimiento. 
  • De manera excepcional, otros que puedan contribuir a proteger la salud de los comerciantes, empleados y clientes frente al COVID-19, lo cual se motivará en la resolución de concesión. 
  •  Capacitación específica de las personas trabajadoras para aplicar los protocolos adaptados a las normativas y recomendaciones sanitarias frente al Covid19. 
  • Gastos externos (consultoría, análisis, coste de la certificación y similares) aplicados a la obtención de certificaciones para cumplimiento de protocolos y medidas. 

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS: 

Todos los equipos y materiales adquiridos en cualquiera de las actuaciones anteriores deben cumplir las normas y directivas que son necesarias para la fabricación de equipos de protección individual, material sanitario y otros productos necesarios para la lucha contra el COVID-19.

Actuaciones realizadas a partir del 15/03/2020. 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS E IMPORTES DE LOS GASTOS:  

Para pymes dedicadas a las actividades turísticas que empleen menos de 10 trabajadores y con gasto subvencionable entre 300 y 1.200€ la ayuda será del 100% del coste del proyecto. Estas pymes también podrán optar por la modalidad de ayuda descrita en el párrafo siguiente. 

 

Para el resto de las empresas la cuantía de la ayuda será del 80% del coste del proyecto teniendo limitado el gasto entre un mínimo de 1.500€ y un máximo de 3.750€. 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: 

Hasta el 31 de julio de 2020 o hasta agotar presupuesto. Resolución por orden de solicitud.