Subvenciones a proyectos de energías renovables de uso térmico en empresas (IN421G )
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Subvenciones a proyectos de energías renovables de uso térmico en empresas IN421G
OBJETO:
Tienen como finalidad apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipos que utilicen biomasa como combustible y otras instalaciones de energías renovables que utilicen como fuente energética la geotermia, la aerotermia y la solar térmica. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas legalmente constituidas, los autónomos y las entidades sin ánimo de lucro. Estarán excluidas las empresas del sector de la pesca y de la acuicultura, las empresas de transformación y comercialización de los productos agrícolas, y también las empresas que operan en el sector de la producción agrícola primaria.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:
- No pueden estar iniciados antes de la presentación de la solicitud.
- Que sean viables técnicamente.
- Que se ajusten a la normativa sectorial (comunitaria, estatal y autonómica) en materia energética y a los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
- Las instalaciones financiadas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de instalaciones térmicas de edificios (RITE), respecto a instalaciones térmicas, con las condiciones establecidas en el documento reconocido del RITE.
- En el caso de las calderas de biomasa, los equipos térmicos tendrán una calificación energética en modo calefacción igual o superior a D para que el proyecto sea subvencionable siempre y cuando esta calificación energética sea de aplicación.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- El equipo de generación energética (paneles solares térmicos, bomba de calor, caldera,…).En el caso de la biomasa el coste del equipo térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).
- Resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
- El coste del sistema de almacenamiento del combustible.
- El coste del sistema de alimentación del combustible.
- Coste del montaje y conexionado.
- En el caso de la energía geotérmica el sistema de captación del recurso geotérmico: los sondeos, intercambiadores, acumuladores, tuberías, etc.
- En el caso de redes de distribución de calor con biomasa el coste de la red de distribución de energía térmica (hasta la sala de caldera existente sí se conecta a ella o, en el caso contrario, al punto de entrada al edificio) y, en su caso, el coste de los sistemas para la conexión con las salas de calderas existentes. La obra civil necesaria de la sala de calderas.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
- La ayuda en general será del 50% de la inversión elegible.
Para las pequeñas empresas del 70% de la inversión elegible. o Para las medianas empresas del 60% de la inversión elegible. o El importe máximo por proyecto es de: - Biomasa: 250.000€ con los límites indicados.
Aerotermia y geotermia:100.000€ con los límites indicados. Solar térmica: 15.000€ con los límites indicados. - El importe máximo total por beneficiario es de 500.000€ o Límites específicos según proyecto.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Plazo hasta el 01/08/2020
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