Ayudas a la digitalización industrial 4.0 (IG240)
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Ayudas a la digitalización industrial 4.0 IG240
OBJETO:
Son ayudas que tienen como finalidad implantar soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una pyme gallega y otras empresas o entre dos o más pymes gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación y procesos entre un líder industrial cara a las pymes que conforman su cadena de valor.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS:
- Podrán ser beneficiarias las empresas (pymes) que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos y que tengan un centro de trabajo en Galicia en donde se vaya a realizar el proyecto.
- Para los proyectos colectivos las pymes interesadas deberán constituir previamente una agrupación (como mínimo de dos empresas).
- Sectores excluidos: pesca y acuicultura, sector de la producción agrícola primaria, sector del acero, sector del carbón, sector de la construcción naval, sector de las fibras sintéticas, sector de los transportes, así como infraestructuras conexas, la producción y distribución de energía y las infraestructuras energéticas.
- Tampoco podrán optar a la ayuda las empresas prestadoras de los mismos o similares servicios para los que soliciten la ayuda.
TIPOS DE PROYECTOS:
- Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas proponen:
- 1. Utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
- 2. Implantar un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
- Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- 1. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
- 2. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares), interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
- 3. Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automática y toma de decisiones autónomos.
- Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas proponen:
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad. Se excluye el acondicionamiento del inmueble, los gastos de mobiliarios, los medios de transporte y equipamiento de oficina excepto elementos informáticos.
- Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. No consistirán en actividades periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa
- En los proyectos de la modalidad A., si se opta por contar con un organismo intermedio, éste se podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS/GASTOS:
- Las pymes beneficiarias deberán aportar una contribución financiera exenta de cualquier apoyo público de, al menos, el 25% de los costes.
- Si los gastos superan los 15.000€ (sinIVA) se deberán presentar 3 ofertas diferentes.
- Los gastos e inversiones deberán ser efectuados a partir de la fecha de la solicitud de la ayuda.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
- Para las pequeñas empresas se subvencionará el 30% de las inversiones materiales e inmateriales.
- Para las medianas empresas se subvencionará el 20% de las inversiones materiales e inmateriales.
- Se subvencionará el 50% de los gastos de colaboración externas para pequeñas y medianas empresas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 07/08/2020.
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